PROCURADURIA
Es un Órgano de Control Autónomo que se encarga de investigar, sancionar, intervenir y prevenir las irregularidades cometidas por los gobernantes, los funcionarios públicos, los particulares que ejercen funciones públicas y las agencias del Estado Colombiano.
Es el órgano director Ministerio Público y está a cargo de garantizar los derechos colectivos de la ciudadanía, actuando en representación de la sociedad civil.
Cuenta con 3 funciones:
FUNCIONES
- Función preventiva: Esta empeñada en “prevenir antes que sancionar”, vigilar el actuar de los servidores públicos y advertir cualquier hecho que pueda ser violatorio de las normas vigentes, sin que ello implique coadministración o intromisión en la gestión de las entidades estatales.
- Función de intervención: Interviene ante las jurisdicciones Contencioso Administrativa, Constitucional y ante las diferentes instancias de las jurisdicciones penal, penal militar, civil, ambiental y agraria, de familia, laboral, ante el Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades administrativas y de policía.
- Función disciplinaria: Es la encargada de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del estado, de conformidad con lo establecido en el Código Único Disciplinario o Ley 734 de 2002.
VALORES
Estas son las normas que, como mandatos aspiracionales y de propósito rigen en lo principal, el comportamiento del conjunto de servidores públicos de la entidad:
1.Respeto por las personas y por los recursos públicos
2. Integridad en el comportamiento de las personas y de las organizaciones.
3. Transparencia en las decisiones y en el quehacer.
4. Eficiencia en el resultado de la gestión.
5. Participación en las decisiones y en la gestión de lo público
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